Cómo evitar que la deuda de la tarjeta ‘revolving’ se convierta en perpetua
Sanahuja Miranda en La Vanguardia: Cómo evitar que la deuda de la tarjeta ‘revolving’ se convierta en perpetua
La tendencia al endeudamiento de los hogares aumenta acuciada por la inflación y la resaca del periodo navideño. Terreno abonado para que crezca el uso de productos como las controvertidas tarjetas ‘revolving’. Un instrumento financiero que permite hacer pagos a plazos sin disponer de dinero en la cuenta corriente a cambio de fijar una cuota mensual a la que se aplican intereses, comisiones y otros gastos.
Ante situaciones de dificultad económica, «el uso de este tipo de productos siempre aumenta, debido, principalmente, a que son de fácil acceso, rápidos y no se requiere por parte de las entidades bancarias acreditar ningún tipo de solvencia económica al usuario», comenta Estel Romero, abogada del despacho Sanahuja Miranda Abogados.
Uno de los principales problemas de los mecanismos ‘revolving’, advierten desde la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), es que «suelen aplicarse unos intereses muy elevados». En este sentido, el último barómetro sobre tarjetas ‘revolving’ de la asociación detectó que en el 2022 este tipo de producto financiero se encareció, ya que la Tasa Anual Equivalente (TAE) –compuesta por el tipo de interés, los gastos y las comisiones del préstamo- de media se situó en el 21,5%, un punto porcentual más que hace un año y un 3,5% superior a la de una tarjeta convencional.
Además de suponer un mayor desembolso para el consumidor, estas tarjetas inducen, comentan desde Asufin, «a caer en una espiral de endeudamiento, ya que al fijar la cuota que quieres pagar, tienes la sensación de que puedes asumirlo». Sin embargo, la deuda se renueva mensualmente: disminuye con el pago de las cuotas, pero al mismo tiempo aumenta cuando se vuelve a usar la tarjeta para pagos y reintegros en cajeros, así como por el efecto de los intereses acumulados, comisiones y otros gastos.
«Esta peculiaridad tiene sus consecuencias», avisan desde el Portal del Cliente Bancario del Banco de España, ya que si se paga una cuota mensual baja respecto al importe de la deuda, se alargará el plazo de la amortización, «lo que puede derivar en que tengas que pagar muchos intereses». La particularidad de este producto, con una deuda y unas cuotas que varían mes a mes, hace que «no sea posible emitir un cuadro de amortización previo (como sí ocurre, por ejemplo, cuando contratas un préstamo)».
Pese al peligro que entraña para la salud financiera de los usuarios, este producto tiene una gran demanda por parte de consumidores con «problemas para llegar a final de mes» por su amplia disponibilidad. “Su comercialización en establecimientos comerciales es un factor importante, ya que la publicidad que se hace es interés 0, y ciertamente en el establecimiento de adquisición la tarjeta no genera intereses, pero al usarla fuera de este establecimiento, empiezan los problemas”, detalla Romero.
Por todo ello, se recomienda leer bien las condiciones de las tarjetas ‘revolving’ antes de su contratación. Al tiempo, se exige a las entidades financieras que cumplan con una serie de buenas prácticas bancarias a la hora de ofrecer este tipo de producto que se detallan a continuación:
Buenas prácticas bancarias para las tarjetas ‘revolving’
- Si bien la entidad no está obligada a entregar un cuadro de amortización, sí debe dar un detalle pormenorizado de las operaciones realizadas, con fechas de cargo, tipos aplicados, comisiones y gastos repercutidos… con el objetivo que se «refleje la deuda pendiente de la forma más clara posible», sostienen desde el Banco de España.
- Cuando la devolución del dinero adeudado se vaya a realizar a largo plazo, la entidad debería facilitar de manera periódica el cuadro de amortización previsto, que se aplicaría en caso de que no se realizaran más pagos o reintegros en cajeros ni se modificara la cuota. Además, debería informar del posible ahorro que representaría aumentar el importe de la cuota para ahorrar intereses, así como de la cuantía de la cuota mensual necesaria para poder liquidar la deuda en el plazo de un año.
- En caso de cancelación anticipada de la deuda, la entidad debe proporcionar información sobre los posibles recibos o cuotas devengadas que quedan pendientes. Y en el caso de pedir información sobre la fecha en la que se acabara de devolver el crédito, también debe proporcionar el tiempo estimado.
- Además, la entidad tiene que informar al cliente cuando se produzcan ampliaciones del límite de crédito, de la nueva cuota que deberá abonar y de la deuda total acumulada.
Los abultados tipos de interés que de manera habitual se aplican a las tarjetas ‘revolving’ las han convertido a menudo en fuente de litigios. Ante esta problemática, el Tribunal Supremo (TS) ha declarado en diversas ocasiones la nulidad de los contratos de este tipo de productos financieros. En este sentido, es especialmente notoria la sentencia del Alto Tribunal del año 2020 por una tarjeta comercializada por WiZink con una TAE inicial del 27,24%. El tribunal calificó de “usurarios” los altos tipos de interés que se cobran por la utilización de este tipo de tarjetas, ya que consideró que infringen la Ley de Represión de la Usura de 1908.