Cómo atar todo en el testamento

25 octubre, 2022
 / 

Cómo atar todo en el testamento

Sanahuja Miranda en Faro de Vigo: Cómo atar un testamento

La pandemia desencadenó un incremento de la mortalidad y de la preocupación de los
ciudadanos ante un posible fallecimiento repentino. Y eso disparó la gestión del material
sucesorio. En 2021 se realizaron 723.642 testamentos en España, lo que supuso una subida
récord del 14,6% respecto al año anterior, según datos del CGN.


«Preparar la última voluntad evita problemas a los herederos. En caso de no existir, estos
tendrán que suplirlo con una declaración», señala Jorge Fernández, abogado y socio del
despacho Círculo Legal Barcelona. Lo que lleva a más trámites, más testigos y más costes.
Dejar testamento también evita que los bienes queden distribuidos de forma no deseada e
impide posibles conflictos familiares, muy habituales en estas cuestiones.


La jerarquía en caso de no haber testamento -como señala la legislación española- sitúa en
primer lugar a los hijos, luego a los padres y, en tercer lugar, a los cónyuges. A pesar de todo,
los seres humanos tienden a pensar más en el día a día y dejar de lado las previsiones en
caso de muerte. Esto lleva a que solo el 15% de los españoles determine su voluntad antes
de morir, según Optima Financial Planners.


Realizar un testamento cuesta entre 50 y 70 euros y suele ocupar poco más de una página
«Realizar un testamento es relativamente económico y puede costar entre 50 y 70 euros. Suele
ocupar entre una página o una página y media», explica Fernández. Lo que sí es necesario es
estar en plenas capacidades, hacerlo de forma individual y tener la mayoría de edad. El año
pasado, el 98% del total fueron ante notario y abiertos, mientras que el otro 2% fueron cerrados
u ológrafos. En los cerrados, el testador expresa sus últimas voluntades de forma secreta, que
no se conocerán hasta que se abra el sobre después de fallecer. Y existe también la opción
de realizarlo de puño y letra con un testamento ológrafo, en que se debe hacer constar el año,
el mes y el día en que se hace.


«La mejor opción pasa por ir ante notario, porque asegura cumplir todos los requisitos. El
ológrafo puede generar dudas y terminar siendo nulos», sostiene Ignasi Vives, abogado del
despacho Sanahuja Miranda. En los más comunes, se deberá acudir al notario con el DNI y
especificar las voluntades. No es obligatorio decir qué bienes concretos se deja a cada uno de
los herederos si, por ejemplo, se deja a partes iguales entre los hijos.


Si no se está seguro de si el dinero tendrá un buen fin, es posible adherir condiciones a los
herederos. La cláusula más habitual es la de que los hijos no puedan disfrutar de la herencia
hasta que no sean mayores de 25 años.

Compartir

Leave a Reply