Si eres la persona afectada, un familiar o tienes una cobertura distinta a la Seguridad Social, los tipos de baja médica pueden ser distintos en cada caso.
La pandemia del coronavirus, que paralizó el mundo entero y nos obligó a quedarnos en casa para mantener en distanciamiento social, ha provocado que la sociedad tenga que acostumbrarse a una ‘nueva normalidad’ hasta que no aparezca una solución definitiva para parar el avance de la enfermedad.
Frente a esta situación, a nivel laboral la baja médica por coronavirus es considerada legamente como un ‘accidente de trabajo’, aunque el porcentaje a cobrar cambia según las circunstancias del afectado.
¿Qué ocurre si soy yo el afectado?
En el momento en que se confirme que se trata de un contagio por COVID-19, se expedirá la baja médica por situación de incapacidad temporal por contingencia profesional, cobrando el 75% del sueldo ya a partir del día siguiente a la tramitación.
En el caso de que se realice una prueba, pero resulte negativa, se tendrá que permanecer aislados durante 14 días, con una baja médica por enfermedad común, con lo cual se abonará el 40% durante los 14 días de aislamiento.
¿Me pueden dar la baja si un familiar resulta positivo?
Si se vive bajo el mismo techo con familiares, como pueden ser hijos, maridos y mujeres e incluso compañeros de piso, y uno de ellos resulta contagiado por coronavirus, se debe de comunicar el caso a la Seguridad Social, que expedirá una baja por cuestión preventiva.
Debido a la saturación por casos de COVID-19, es posible que, si no aparecen síntomas de la enfermedad, no se realicen pruebas para confirmar o descartar el contagio, por lo que se deberá permanecer aislados durante 14 días.
Cobertura sanitaria con entidades distintas a la Seguridad S犀利士
ocial
En el caso de personas que tengan una cobertura sanitaria con MUFACE, la baja será expedida de la misma forma que en la Seguridad Social. De la misma forma, si el caso de coronavirus es diagnosticado por un médico privado, la baja será expedida por la Seguridad Social.