Fernando Sanahuja, Socio – Abogado del despacho, expone las principales características y cuestiones prácticas sobre relcamaciones de seguros de vida y cuestiones varias al respecto.
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77 Comments on “Reclamación seguro de vida: cuestiones prácticas”
RECLAMACIÓN SEGURO DE VIDA
Hola
Tengo una pequeña duda sobre la reclamación de la correspondiente indemnización de un seguro de vida. Le pongo en situación brevemente
Mi padre padecía una enfermedad crónica desde el año 1988, unos años más tarde le concedieron la invalidez permanente absoluta, no podía volver a trabajar. Posteriormente, en el año 2006, mi padre firma un seguro de vida ligado a un préstamo hipotecario.
Actualmente mi padre ha fallecido, y la causa de la muerte no tiene nada que ver con la enfermedad que describía anteriormente, existe un informe médico que lo corrobora, pues bien, el seguro no se hace cargo de la indemnización ya que “el asegurado tenía una enfermedad anterior a la firma del seguro”, llevando esta situación hacia una de sus cláusulas, enfermedades no declaradas ,el seguro no se hace cargo de la indemnización.
He intentado solicitar el contrato de adhesión a la compañía y de momento no me hacen caso ¿Qué debo hacer ahora?
Gracias de antemano
RECLAMACIÓN SEGURO DE VIDA
Buenos días,
Acuso recibo de tu atenta consulta. Al respecto indicarte que para que se aplique el rechace o falta de cobertura de la garantía (al caso de fallecimiento) en virtud al Art. 10.3 y 89 LCS no sólo debe existir la preexistencia (preguntada en el cuestionario de salud y no constestada consciente y voluntariamente por el asegurado) sino que además, debemos estar ante una relación de causalidad entre una y otra.
En relación a lo que describes sí que podría ser viable la reclamación. Ruego me remitas copia de la póliza, cuestionario de salud, documental médica y contestación de la Aseguradora para efectuar el estudio de viabilidad.
Quedo a tu disposición.
Saludos cordiales,
plazo de reclamación de 1 año para reclamar en seguro de vida
lo primero enhorabuena por el blog ; mi duda es la siguiente..partimos de un contrato de seguro de vida de OCASO..y uno de los beneficiarios tiene una minusvalía reconocida y quiere reclamar la cobertura etc…mi pregunta es a partir de que momento se computa el plazo de 1 año que pone la aseguradora para reclamar la indemnización? el beneficiarioha experimentado mejorías …y recaidas..por lo que su minusvalía ha experimentado variaciones y no sabemos desde cuando debemos computar el plazo de 1 año ..no se pensó en reclamar antes si bien ahora se necesita el dinero ,,.pero al tener diferentes resoluciones del INSS en el que se variaba su incapacidad etc no sabemos si nos encontramos ahora en tiempo de reclamar o si es posible en el momento actual solicitar del INSS …porque es incapacidad permanete total y una minusvalía reclamar para que nos certifiquen la situación actual para poder reclamar a la aseguradora….no sabemos que cómputo es el inicial…si antes ..la primera vez..mas tarde…etc….o si podriamos solictar ahora alguna declaración para poder reclamar a la aseguradora..muchas gracias
plazo de reclamación de 1 año para reclamar en seguro de vida
Buenos días,
Gracias por sus comentarios. Se agradece mucho.
El plazo para el ejercicio de la acción en los seguros de personas (seguro vida) es de CINCO (5) años así que el plazo es bastante holgado por lo que me explicas.
En relación a la garantía de invalidez, se ha de mirar el grado que queda convenido en póliza para que se pueda dar cobertura a través de dicha póliza al estado que me indicas. Lo habitual es con una invalidez permanente absoluta si bien, como te digo se ha de estudiar la póliza para poder afirmarlo.
Quedo pendiente me remitas dicha documentación (póliza, cuestioanrio salud, resolución INSS) y te lo podré confirmar todo. @ fsanahuja@sanahuja-miranda.com
Saludos!
solicitar indemnizacion de seguro de invalidez fuera del plazo
Hola, el día 07/02/2016 sufrí un grave accidente de trafico por el que me reconocieron una discapacidad del 75% con fecha 07/10/2008 (en esa fecha yo ya estaba jubilado aunque tenia 41 años), dada la ridícula indemnización que me ofrecía la aseguradora demandamos civilmente a la misma hasta llegar al Tribunal Supremo que dicto sentencia firme a mediados del 2015, pues bien tengo desde hace muchos años un seguro de accidentes con El Corte Ingles que tras solicitar la indemnización hace cosa de un mes me ha contestado que de acuerdo con la ley del seguro tenia cinco años para solicitarlo y como ya han pasado no me indemnizan, quiera saber si legalmente podría tener posibilidades de recibir la indemnización.
Gracias.
solicitar indemnizacion de seguro de invalidez fuera del plazo
Buenos días,
Gracias por su consulta.
En atención a lo que me indica rogaría me remitiera copia de la póliza para poder informarle debidamente dado que por un lado parece que estemos ante un seguro de accidentes y por otro ante uno de invalidez permanente absoluta.
Es importante porque en función que sea una u otra póliza y garantías puede empezar el plazo de los 5 años a computarse en uno u otro momento.
A priori sí que podría parecer compleja la reclaamción pero hay que estudiar el asunto para poder indicarle algo en firme.
Quedo a su disposición.
Saludos cordiales,
Seguros de vida
Hola, tengo una duda.
Mire, mi abuelo es un señor mayor de 71 años de edad vivimos en Mérida, Yucatán, México. El sufrió una caída en el trabajo y desde entonces no ha podido laborar. En su trabajo hay sindicato y ellos le dijeron que haga todo el papeleo para que obtenga su pensión. Lo cual hizo. La pensión está en trámite. Ellos le dijeron que ya era tiempo de darse de baja, para el cobro de finiquito. También dijeron que cobraría seguro de vida pero ahora, nos dicen que tal seguro no es válido por la edad. Que tenía que ser antes de los 70 y el tiene 71. ¿Es ésto real? ¿Cómo procedería esto?
Muchas gracias
Seguros de vida
Buenos días,
Gracias por escribirnos pero no ejercemos en México así que no puedo indicarle la regulación que pueda existir allí.
Si es como en España sí que suele haber limitación de edad para la cobertura de invalidez en seguro de vida pero le repito que no ejercemos en México así que no se lo puedo asegurar.
Saludos cordiales,
Seguro de Vida
Buenos días,
Me encuentro con el siguiente caso, y me gustaría conocer si tengo derecho a algún tipo de reclamación y si la ley me ampara de alguna manera:
Una persona con un seguro de vida fallece en fecha 9 de Julio, y tenía un seguro de vida contratado. A la hora de realizar la reclamación a la compañía aseguradora, se indica que el seguro estaba vencido, puesto que la persona en cuestión había cumplido 71 años en Mayo de Este año. Revisando los recibos, comprobamos que el ultimo que se le había cobrado era hasta abril del mismo año, no cobrándose ninguno posteriormente.
He leído en algunos foros, que la cobertura por fallecimiento se alarga unos años más, por lo que hay derecho a reclamarlo. Se dice algo en la ley en cuestión referente a esta situación?
Muchas gracias
Buenos días,
Buenos días,
Hace 5 años que tengo contratado un seguro de vida por un valor de 300.000€. En su momento se me hizo una revisión medica y firmar una declaración de mi estado de salud.
No se me ha dado copia de la revisión medica ni de la declaración de salud.
Es normal? puedo estar tranquilo?
Buenos días,
Buenos días!
El hecho de no tener el cuestionario de salud y/o el resultado de las pruebas médicas realizadas es habitual (que no normal) en este tipo de supuestos.
Puedes solicitar la copia que te corresponde a la Aseguradora para tenerla a tus efectos.
Saludos,
Gracias por la rápida
Gracias por la rápida respuesta!
He pedido el resultado de las pruebas médicas en repetidas ocasiones. Me dicen que sí, pero no me las dan. No creo que me las lleguen a dar nunca (una vez que firmas…).
No se si tiene importancia. Puedo estar tranquilo?
Gracias y saludos!
Gracias por la rápida
Buenos días,
Debieran dártelas si bien quién tiene la obligación de conservarlas en su condición de aseguradora y, al caso, depositaria y por imperativo legal de la ley contrato de seguro son ellos. Si tienes problemas me lo indicas y podemos remitir burofax en dicho sentido para que te quedes más tranquilo.
Saludos!
Impago de último trimestre de la prima antes de defunción
Buenos días,
tengo un problema con un seguro de vida de mi difunto suegro. El hombre, en el paro en sus últimos meses de vida, no pagó el recibo trimestral con fecha febrero 2016, y al no decir nada a nadie no pudimos arreglarlo antes de su defunción en junio 2016.
Acorde a la vigente ley de seguros 50/1980, artículo 15, párrafo segundo:
«En caso de falta de pago de una de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima se entenderá que el contrato queda extinguido. En cualquier caso, el asegurador, cuando el contrato esté en suspenso, sólo podrá exigir el pago de la prima del período en curso .»
Y en efecto, le suspendieron la cobertura el 16 de marzo, dándole 90 días para regularizar los pagos.
Hasta aquí se diría que no tienen sus herederos derecho a cobrar el seguro, pero entonces me encontré con el artículo 95:
«Una vez transcurrido el plazo previsto en la póliza, que no podrá ser superior a dos años desde la vigencia del contrato, no se aplicará el párrafo dos del artículo quince sobre falta de pago de la prima. A partir de dicho plazo, la falta de pago de la prima producirá la reducción del seguro conforme a la tabla de valores inserta en la póliza.»
Dado que estuvo pagando el seguro de vida durante muchos años, ese plazo máximo de 2 años está más que superado, y por lo tanto mi entendimiento es que no se debe aplicar el artículo 15 en cuanto a cancelación del seguro, sino que en caso de impago se debe reducir la cuantía a pagar a los beneficiarios conforme a dicha tabla.
En su momento lo consulté con un abogado especialista y nos dijo que podíamos ir a juicio, pero por si acaso se perdía le recomendó a mi pareja que solicitase un abogado de oficio al tener derecho a justicia gratuita, para evitar pagar las costas del juicio en caso de perder.
Fuimos a un abogado de oficio en Asturias, y nos dijo que teníamos que solicitar el contrato por escrito (dado que no lo tenemos, y no nos lo quieren dar porque «ya está cancelado») y que lo sellasen. Así lo hicimos: solicitamos sellado y por escrito el contrato del seguro en Bankia, en Mapfre y también en Bankia Vida (no se quieren poner de acuerdo en quién tiene realmente que darlo, tiran balones fuera, y ninguno nos lo entrega).
El siguiente paso era que el juez fuera quien solicitase el contrato, así que solicitamos nuevamente un abogado de oficio, esta vez en Madrid (por comodidad, dado que ahora residimos aquí). Sin embargo la abogada que nos tocó dijo que no teníamos derecho al cobro del seguro y que lo más que podíamos hacer era poner una reclamación en la Dirección General de Seguros, y que lo que nos contestasen ahí «va a misa». Más allá del trato de esta letrada, que parecía tener prisa por largarnos para aligerar la cola, no estoy nada convencido con su opinión, dado que el texto de la ley en cuestión parece claro hasta para los que no somos abogados, y tanto el abogado especialista como la primera abogada de oficio parecían estar de acuerdo en que existía una base para reclarmar.
Me gustaría tener otra opinión: ¿tengo base para reclarmar esto, o es perder el tiempo? ¿A cuánto podrían ascender las costas de un juicio de este tipo en caso de perderlo?
Muchas gracias
Seguro vida con incapacidad
Buenos dias, hay posibilidades de realizar un seguro de vida teniendo una incapacidad permanente total?
En caso de que en un futuro la incapacidad fuese absoluta seris posible solicitar indemnizacion?
La incapacidad permanente total no esta aprovada del todo, esta la resolicion provisional pero no la definitiva aun.
Muchas gracias
Seguro vida con incapacidad
Buenos días,
Ciertamente considero que las posibilidades que le puedan suscribir un seguro de vida no son elevedas si bien tendría que solicitar a las diferentes compañías la solicitud de póliza. En caso de incapacidad permanente absoluta que tenga relación causal con la ya declarada (incapacidad permanente total) considero que no habría lugar a la indemnización.
Quedo a su disposición.
Saludos cordiales,
Seguro de vida
Hola muy buenas.ace un año solicite hipoteca y mi sorpresa fue ke me cobraron un seguro de vida por valor de 12000e ekivalente a 40 años de credito .lo puedo recuperar .esto se firmo bajo mi consentimiento pero Con mala comunicacion porke de saberlo no la ago .me gustaria si se puede reclamar esta clausula abusiva
RECLAMACIÓN SEGURO DE VIDA
Buenos días,
veras a un familiar acaban de concederle una Gran invalidez, en los papeles del INSS se aclara que está Gran Invalidez consta de una incapacidad permanente absoluta más un complemento por pérdida de autonomía del beneficiario.
Ante esta situación, la aseguradora del seguro de pensión de mi familiar, asegura que la póliza solo hace referencia a la incapacidad permanente absoluta, por lo que no van a concederle ese complemento (a pesar de que mi familiar si tiene reconocida esa incapacidad permanente absoluta, solo que con un complemento de Gran Invalidez).
¿Hay algo que hacer ante esta situación?
Muchas gracias.
RECLAMACIÓN SEGURO DE VIDA
Buenos días Celia,
La verdad es que según me lo expones sí que tiene visos de ser una reclamación viable técnicamente. Ruego me contactes por Email o teléfono para comentarlo, estudiar la póliza y la resolución del INSS para proceder a su valoración y posterior reclamación extrajudicial solicitando el cumplimiento de la póliza.
Quedo a tu entera disposición.
Saludos!
Seguro Invalidez permanente absoluta
Buenas tardes,
Tengo un seguro de vida con cobertura de Invalidez permanete absoluta desde febrero de 2009. En noviembre de 2014 se me reconocio una invalidez absoluta revisable a los dos años, en noviembre de 2016 fui revisada y me concedieron una permanente absoluta. Hace dos meses reclamé a la compañia el seguro por invalidez, aportando toda la documentacion que me pedian, a las tres semanas me pidieron mas docuementacion que aporte sin problema alguno. El caso es que hace ya un mes y medio y la compalia aun no me ha pagado, he llamado para saber como iba mi expediente y me dicen que posiblemente me pidan más documentacion. Mi pregunta es ¿Cuanto tiempo debo esperar antes de volver a reclamar? ¿Es normal que me pidan la documentacion tan distanciado en el tiempo, cuando he pedido en varias ocasiones que me indiquen todo lo que necesita? ¿Cuanto es el tiempo legal que tiene la compañia para pagar? y ¿Que documentacion es necesaria? Temo que me esten dando largas para dilatar el tiempo en pagarme, ya que a mi entender ya tienen toda la documentacion necesaria, al menos la que me han pedido. Muchas gracias de antemano por su respuesta
Seguro Invalidez permanente absoluta
Buenos días,
Acuso recbido de su consulta y en relación a la misma indicarle que es normal que se demoren en responder al menos entre un mes y mes y medio. Habitualmente la respuesta es la de solicitud de más documental médica o directamente el rechace del siniestro que, ciertamente, es muy frecuente.
En todo caso si ve que en dicho periodo no le han contestado no dude en indicármelo y lo miramos para efectuar una reclamación extrajudicial desde el despacho dado que suele tener mucha más efectividad en dicho sentido.
Saludos cordiales,
seguro de prestamo
Hola, buenas noches mi comentario es el siguiente,me han concedido una IPA,y tengo un prestamo que me cubre esta incapacidad,he reclamado al banco y entregado el dictamen medico,y a los pocos dias tambien me lo a solicitado el propio seguro a traves de correo electronico.Mi pregunta es ¿cuanto tiempo tienen para contestarme con algun tipo de solucion? Gracias de antemano.
seguro de prestamo
Buenos días Juan,
Tienen un plazo de 40 días para resolver si bien no suelen respetarlo.
Quedo a tu disposición.
Saludos cordiales!