¿Cuáles son los aspectos que se tener en cuenta para afrontar un divorcio? ¿Qué ocurre con la pensión de alimentos? ¿Cómo se articula el uso de la vivienda conyugal?
En primer lugar, hay que indicar que el único requisito para solicitar el divorcio es que se hayan cumplido los tres meses de casado. Por lo tanto, no nos podemos oponer al divorcio en sentido amplio, pero sí que podemos oponernos a las consecuencias de este.
La forma de resolver un divorcio puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa, es decir, que, a falta de acuerdo entre los cónyuges, deberá resolver el Juez.
¿Cuáles son los aspectos que se tener en cuenta para afrontar un divorcio?
- Hijos del matrimonio
En primer lugar, si fruto del matrimonio hay hijos, se deberá regular la guarda y custodia. Recordemos que se puede establecer dos tipos de custodia, la exclusiva a favor de uno de los cónyuges con un régimen de visitas, o bien la compartida, es decir, que los padres comparten con sus hijos el mismo tiempo.
La custodia compartida normalmente se articula o bien por periodos semanales o bien por días, siempre buscando que el reparto del tiempo sea equitativo.
- La pensión de alimentos a favor de los hijos
En relación a los hijos, también se deberá regular el importe de la pensión de alimentos que los progenitores deberían abonar para contribuir a los gastos de los hijos.
El progenitor que no tenga atribuida la custodia del hijo deberá abonar una pensión de alimentos al otro. Dicha pensión se calcula teniendo en cuentas los gastos del menor y los ingresos del obligado al pago.
A pesar de que se articule una custodia compartida no quiere decir que no exista pensión de alimentos, ya que se deberá estar a la capacidad económica de cada progenitor y a los gastos del menor para determinar si existe algún tipo de pensión.
- Uso de la vivienda conyugal
Relacionado con el tema de la guarda y custodia, se deberá decidir sobre el uso de la vivienda conyugal, que preferiblemente se otorgará al progenitor que ostente la guarda y custodia.
Para el supuesto de que se articule una custodia compartida, la vivienda se atribuirá al cónyuge que esté más necesitado, es decir, que tenga menos capacidad económica.
- Liquidación del régimen económico matrimonial
Dependiendo del lugar dónde se haya contraído el matrimonio, de la vecindad civil de los cónyuges o de la existencia de capitulaciones matrimoniales, el régimen económico matrimonial puedes ser distinto. El régimen común es el de la sociedad de gananciales, si bien también existe el de participación y el de separación de bienes. Cada régimen es diferente y será objeto de estudio en artículos posteriores.
- Existencia de pensión compensatoria o compensación económica por razón de trabajo.
Para los supuestos en que como consecuencia del divorcio se produzca un desequilibro económico o patrimonial entre los cónyuges, o bien uno de ellos se haya dedicado más al cuidado de la familia o al trabajo del hogar, se puede reclamar una pensión que debería pagar el cónyuge cuya capacidad económica y patrimonial es superior.