La Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de Marzo de 2015 declara la suspensión de la obligación de pago de la pensión de alimentos a un hijo menor de edad debido a la precaria situación económica del padre obligado al pago.
¿Que se debo hacer si carezco de ingresos y no puedo pagar la pensión de alimentos a favor de mi hijo menor de edad?
Esta es la gran pregunta que se hacen muchos progenitores cuando debido a las circunstancias económicas ya no pueden abonar la pensión de alimentos a sus hijos.
Es evidente que se debería acudir a un proceso de modificación de medidas de Sentencia y acreditar que ya no se puede pagar la pensión de alimentos ya que se carece de ingresos.
Normalmente, y a pesar de acreditar en sede judicial la falta de ingresos, los Juzgados contemplaban un mínimo vital que el progenitor debía pagar al hijo, que habitualmente se situaba en 150 Euros. Es decir, con independencia de acreditar la falta de ingresos del obligado al pago, el Juzgado condenaba al progenitor no custodio al pago de una determinada cantidad.
Sin embargo, en fecha 2 de marzo de 2015 el Tribunal Supremo dictó una Sentencia de suma importancia, en el que reseña que en aquellos supuestos de pobreza absoluta del obligado al pago se puede acordar la suspensión de la obligación de abonar la pensión de alimentos a favor del hijo menor de edad. Cabe destacar que estamos hablando de una suspensión provisional, y que si el obligado al pago pasa a mejor fortuna, se verá en la obligación de nuevo de continuar con el pago de la pensión de alimentos.
Por último, teniendo en cuenta que la Sentencia del Tribunal Supremo es muy reciente, deberemos estar a la aplicación que hacen los Juzgados de Primera Instancia, ya que entendemos que la carga de la prueba deberá ser muy exhaustiva para determinar en qué situación económica se encuentra la persona que está obligada al pago, para poder acordar así la suspensión de la pensión de alimentos a favor de un menor de edad.
2 Comments on “La suspensión de la pensión de alimentos a favor de los hijos menores de edad”
pago de pension
Tengo una hija de 18 años, que ni estudia ni trabaja. Por no tener no tiene ni la ESO.
No tiene ningúna voluntad de hacer nada.
Tengo que seguir pasando la pensión alimenticia?
pago de pension
Se podría estudiar la viabilidad de una demanda de modificación de medidas, si bien es cierto que la hija todavía es muy joven, por lo que la situación no es prolongada y estable en el tiempo.