Cuando un matrimonio decide divorciarse, la Ley marca las normas y límites que rigen a partir de ese momento. Sin embargo, no son inamovibles. En efecto, en la sentencia de divorcio se recogen las medidas definitivas que ambos cónyuges deben cumplir, ya sea en relación a los hijos, la pensión de alimentos o compensatoria, el régimen de visitas o la ejecución del régimen económico matrimonial.
Dicho esto, las medidas que se contemplan en la sentencia de divorcio, a pesar de que son teóricamente definitivas, pueden ser modificadas siempre y cuando se alteren sustancialmente las circunstancias económicas o personales existentes en el momento en el que fueron adoptadas.
Es decir, en el momento del divorcio se tuvieron en cuenta una serie de factores personales y económicos que llevaron a los cónyuges o al Juez a adoptar unas medidas determinadas contenidas en la sentencia. Sin embargo, es posible que, con el paso del tiempo, la situación económica o personal de uno de los dos se haya modificado sensiblemente, por lo que podríamos solicitar una modificación de la sentencia de divorcio.
La modificación de las medidas adoptadas en esta sentencia puede ser de mutuo acuerdo o bien contenciosa. Si fuera de mutuo acuerdo, los cónyuges únicamente deberían aportar un nuevo convenio, para que sea aprobado por el Juez.
Sin embargo, si no existe acuerdo entre las partes, se deberá presentar una demanda en la que se aportarán todas las pruebas que acrediten el cambio de circunstancias. Entonces el otro cónyuge podrá indicar los motivos por los que no está de acuerdo.
Posteriormente, se convocará a las partes a una vista, se practicará la prueba, y se dictará una resolución por parte del Juez que indicará si procede o no la modificación de medidas solicitada por la parte.
Hay que destacar que para que prospere la demanda de modificación de medidas, la Jurisprudencia exige que se den varios requisitos.
- Que se trate de hechos nuevos surgidos con posterioridad a la Sentencia de Divorcio.
- Que se produzca una alteración sustancial de las circunstancias.
- Que dicha alteración tenga cierto grado de permanencia en el tiempo, es decir que no sea una situación transitoria o coyuntural.
- Que las nuevas circunstancias se puedan probar.
A modo de ejemplo, y teniendo en cuenta la delicada situación económica actual, se están presentando muchas demandas de modificación de medidas, en el sentido de solicitar una rebaja en la pensión de alimentos que uno de los cónyuges estaba obligado a pagar ya que se ha quedado en situación de desempleo, y no puede afrontar el pago de la pensión que se había fijado en la Sentencia de Divorcio.
398 Comments on “La modificación de medidas de la Sentencia de divorcio”
Modificación de convenio
Hola..me divorcie y firmamos convenio de mutuo acuerdo,..él se quedaba con la.casa y se hacía cargo de la hipoteca ,yo por otro me coji una vivienda más pequeña para los niños y para mi…todo bien…la custodia es mía..y el régimen de visitas que se pactó, ,,pues bien tuvimos una reconciliación..y yo deje mi piso y volvimos todos al hogar conyugal él cual yo renuncie en el convenio..pero la cosa no ha funcionado..por su parte claro está. Se puede modificar el convenio?…ya que veo una locura volvernos a marchar los nos y yo…no quiero que mis hijos sufran..y me gustaria quedarme yo ahora con la vivienda por el bien de ellos…para que no perjudicarles en nada más.
Gracias..victoria.
¿Comunicasteis la
¿Comunicasteis la reconciliación al Juzgado? Si es así puedes interponer nueva demanda de divorcio y presentar nuevo Convenio o, en caso de no existir acuerdo, por la vía contenciosa.
Si no es así creo que sigue vigente el acuerdo inicial. Entonces sólo sería posible vía modificación de medidas.
Acude a un Abogado para que te asesore.
Tramite de divorsio
30 de Mayo perdi la custodia de mis hijos cuanto tiempo debe transcurrir para iniciar el tramite de divorcio necesario
EJECUCION CUSTODIA COMPARTIDA
Buenas tardes.
Mi pareja actual obtuvo en julio del 2011 la custodia compartida de sus dos hijos en el que cada uno se hacía cargo de la manutención de los mismos durante el tiempo que les correspondía tenerlos.
Antes de notificarles la Sentencia, la madre provocó una «pelea» con los hijos, suponemos que con la intención de que ya que no iba a cobrar más pensiones de alimentos, por lo menos los niños no le costaran dinero.
En Octubre de 2011 y dado que la situación seguía igual, solicitamos una modificación de medidas y que la madre contribuyera a la manutención de los hijos. El procedimiento se ha tirado casi 5 años (curiosamente) en el Juzgado, hasta que llegó una nueva Juez que nada sabía de lo sucedido y Falló que no había lugar a pensión y que seguía la custodia compartida. Se basaba en que el mayor era mayor de edad y había trabajado 2 días estando en prácticas de formación y que ya se había «incorporado» al mundo laboral.
La Sentencia se ha apelado y la Audiencia ha dado lugar a pensión para los hijos, pero en cuanto a la retroactividad…..como no es la primera resolución no la concede.
(Por cierto la madre en ningún momento pidió la ejecución para que se cumpliera la custodia compartida, especialmente porque en una comparecencia ante la Juez anterior, ésta le dijo que ella tenía que procurar nuevamente un acercamiento a los niños…..que jamás realizó)
Esto nos crea una gran indefensión, ya que la madre no ha contribuído durante más de 5 años y no vemos la manera de ejecutar su obligación a mantenerlos durante la custodia compartida, porque en la Sentencia no está cuantificada ninguna pensión.
¿Se puede ejecutar de alguna manera, ya sea sobre la base de la pensión que percibía la madre cuando tenía ella la custodia o sobre el nuevo importe que ha resuelto la Sala?. ¿En base a qué artículos o que Jurisprudencia hay sobre el particular?
Por mucho que busco no encuentro nada porque es una situación nada habitual, pero que con el tiempo empezará a producirse con total seguridad.
Gracias.
EJECUCION CUSTODIA COMPARTIDA
En primer lugar le agradezco la confianza depositada en nuestro despacho y efectuar la consulta a través de nuestra página web.
A tenor del contenido de la misma, y para hacer una valoración más exhaustiva del asunto sería necesario poder tener copia de la Sentencia para valorar la forma de ejecución. Ahora bien, si la propia Sentencia indica que no tiene efecto retroactivo, ya le adelanto que es muy difícil reclamar las pensiones anteriores.
Quedo pendiente de que sus noticias para poder concertar visita y estudiar el asunto con más profundidad.
Atentamente,
jose
Hola, llamo a JOSE DEXTER, me gustaría agradecer a este gran doctor Chamberc por lo que hizo en mi vida hace cuatro años, y mi esposa y yo estábamos caídos, así que se fue sin mí cuando sabía a dónde iba. mis dos hijos, me sorprendió mucho que fui a informar a la policía sobre mi esposa que mi bebé era demasiado valioso, por lo que estaba mirando y mirando todavía no pude encontrarla, estaba realmente enfermo y no puedo vivir sin él Y estaba realmente extrañando a mi bebé, estaba realmente enojado con él porque no puedo controlar mi rabia residual dos veces. Me fracturé. Fui adicto a las drogas y ahogo por mi situación después de que mi esposa me dejó por 4 años, así que desafortunadamente mi amigo dijo sobre carrera de magia en línea con llamado Dr.Chamberc y me dijo que me contacte con él para ayudarme a devolver a mi esposa, primero me enteré de que estaba bromeando hasta que noté que era grave, así que decidí contactarme h No podía creer lo que veía Dr.Chamberc me dijo que no me preocupara que mi esposa volviera con mis hijos de manera segura con en 12 horas. Después de lanzar su hechizo, me llamó y me dijo que no tenía que preocuparme por la visita de mi esposa, en el momento en que terminó por hablarme por teléfono. Desafortunadamente, mi esposa regresó con mis hijos. Estaba muy feliz de que ese día fuera el día. el día más feliz de mi vida, así que decidí compartir mi testimonio sobre el nom, su magia funciona tan rápido como un rayo, muchísimas gracias al Dr. Chamberc por haber traído felizmente a mi esposa. Por favor, si tiene algún problema, contáctelo ya que puede ayudarlo a resolver sus problemas. por correo electrónico: chamberc564@yahoo.com
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Dudas
Buenas tardes llevo casi un año de divorcio por mutuo acuerdo. Cuando me divorcio me entregaron el oficio pero mi abogado jamás me comentó que yo tenía que llevarlo al registro Civil ahora tengo mis preparativos para contraer matrimonio y me solicitaron el acta de divorcio y no la tengo. Qise solicitarle y me dijeronque el oficio ya no era válido que tiene 6 meses para ocuparse y queya había expirado q necesitaba solicitar uno nuevo. Mi pregunta es si se demora mucho en obtener nuevamente el oficio? ?? Les agradecería muchísimo su respuesta
asesoramiento
Hola, estoy separada hace 5 años de mutuo acuerdo, yo tengo la custodia y guarda de mi hijo, el solo quiso tener el régimen de visitas , un fin de semana si y otro no, y en el acuerdo pone la mitad de los periodos vacacionales y puentes alternos.
También pone que tiene que pasar una pensión y gastos extraordinarios a media.
El caso es que llegamos a un acuerdo verbalmente que no pagara la pensión si los gastos extraordinarios, pero no paga nada. Igualmente el solo cumple el régimen de visitas de un fin de semana si y otro no, y en vacaciones solo 15 días, en semana santa y navidades también depende de como lo tenga por su trabajo, a veces unos 3 días en semana santa y otros 3 en navidad, pero depende de su trabajo, a veces ningunas vacaciones, y de puentes no hablamos.
Yo le he pedido que en el mes de Noviembre, me cambie la rotación de los fines de semana, por temas de trabajo, no porque yo quiera, esos fines de semana que son 2 tengo que viajar, y necesito cambiárselos para que este con su padre. El me ha dicho que me atenga al convenio, pero cuando el no cumple nada del convenio, puede decirme eso a mi, solo he pedido cambiar la rotacion de los fines de semana , si a mi me tocaba estar el 4 , le he dicho que lo tenga él el 4 y yo el siguiente, y asi sucesivamente, ya que me encargo yo de todo por cambiar el fin de semana por tema de trabajo creo que no puede decir que yo estoy incumpliendo el convenio.
gracias
Regimen de visitas
Desde el dia 1 de sptiembre de este año, tenemos firmado el convenio, la semana que viene lo ratificamos en el juzgado, ella tiene la custodia. Ahora al mes de firmar quiere cambiar los fines de semana si o si. A mi eso me reporta no coincidir con mi pareja los fines de semana, puedo negarme a cambiarlo?
DUDA SOBRE PENSION
QUE TAL BUEN DIA, EN OCTUBRE DE 2015 SE MODIFICO EL ACUERDO DE PENSION QUEDANDO ESTABLECIDOS MONTOS Y DEMAS, MI EXPAREJA ME FIRMO Y ESTUVO DE ACUERDO, AHORA QUIERE DEMANDAR PARA IRNOS A JUICIO Y QUE LE AUMENTE LA PENSION, MI DUDA ES QUE PROCEDE, QUE PROBABILIDAD HAY QUE EL JUEZ EMITA UN NUEVO JUICIO CON LA MODIFICCACION DEL MONTO? AGRADEZCO DE ANTEMANO SU ATENCION , GRACIAS
Diferentes opiniones sobre una medida que afecta a las visitas.
En mayo del presente año después de casi tres años tiene lugar vista de modificación de medidas, en la que mis visitas se ven incrementadas a todos lo miércoles a la salida del cole hasta el día siguiente que lo retorno al colegio , y el fin de semana que me corresponde también voy a por el al colegio hasta el lunes a la entrada del colegio.( antes eran muy restrictivas). De la sentencia anterior se recoge que los puentes corresponden al conyuge con el que este el fin de semana , ( no habla de festivos escolares como se decía en anterior sentencia). Mi ex marido ante el próximo festivo Viernes pretende que no vaya a por mi hijo jueves al colegio , sino que a su domicilio el viernes a la 16 horas, lo mismo ocurre el miercoles festivo, pretende que lo recoja en su domicilio a las 16 horas , que es la hora habitual de la salida del colegio.
No lo entiendo así, yo creo que tengo derecho a disfrutar de mi hijo desde la salida del día anterior como siempre se ha venido haciendo.
Gracias
Diferentes opiniones sobre una medida que afecta a las visitas
Buenas tardes,
En primer lugar le agradezco la confianza deposita en nuestro despacho y efectuar la consulta a través de nuestra página web.
A tenor del contenido de la misma, le debo indicar que entiendo que si el viernes es festivo, por el progenitor que tiene la custodia ese fin de semana, también la tiene el viernes. Otro caso es el miércoles, que técnicamente no es puente, por lo que el régimen de visitas que se debería aplicar es el ordinario.
Quedo a su entera disposición para cualquier duda o aclaración.
Atentamente,
Gastos a medias
En el 2006 nos divorciamos, desde entonces me pasaba la pensión alimenticia por cada hija(150 por cada una) en el convenio se acordó que los gastos extras (dentista, libros…) sería a medias pero yo nunca le pedí nada ya que sabía que su situación no era muy buena, mi pregunta es si podría pedirle que me pagara parte de dentista y oculista, alguna factura es del 2008
Gracias
Gastos a medias
Buenas tardes,
En primer lugar agradecerle la confianza depositada en nuestro despacho y efectuar la consulta a través de nuestra página web.
A tenor del contenido de la misma, lo debe indicar que sin perjuicio de poder revisar la Sentencia de Divorcio y la regulación contemplada, le debo indicar que se debería tener en cuenta la prescripción de la reclamación, que en un principio es de 5 años, por lo que únicamente podría reclamar las facturas de los últimos 5 años.
Quedo a su entera disposición para cualquier duda o aclaración.
Atentamente,
medidas
hola hace casi 4 años que me separe de mi pareja ella me denuncio por unos malos tratos falsos y asi consiguio quedarse con mi casa y mi hijo, nos pusieon unas medidas cautelares de 15 dias y nunca se terminaron de resolver por miedo y temor a ella solo veo a mi hijo cuando a ella le viene bien para regalos cunado me pide que le compre cosas es cuando me deja verlo eso y en el colegio….ya harto de esta situacion y viendo que no hay forma de arreglar nada en acuerdo voy a pedir unas medidas urgentes ah y vive en mi casa con su novio me podrias decir que puede tardar eso porque estoy temiendo que poco lo veo pero cuando se entere dejare de verlo definitivamente…que pasa con la vivienda….no puedo mas estoy desesperado por temor e dejado pasar demasiado tiempo…gracias anticipadas
medidas
Buenas tardes,
En primer lugar la agradezco la confianza deposita en nuestro despacho y efectuar la consulta a través de nuestra página web.
A tenor de la misma, considero que procedería interponer una demanda de medidas cautelares para solicitar como mínimo el derecho de visitas de su hija. El tiempo que puede durar el procedimiento depende del lugar donde se tenga que interponer la demanda. Quedo pendiente de sus noticias para poder concretar día y hora de visita y estudiar la viabilidad del asunto.