Cuando un matrimonio decide divorciarse, la Ley marca las normas y límites que rigen a partir de ese momento. Sin embargo, no son inamovibles. En efecto, en la sentencia de divorcio se recogen las medidas definitivas que ambos cónyuges deben cumplir, ya sea en relación a los hijos, la pensión de alimentos o compensatoria, el régimen de visitas o la ejecución del régimen económico matrimonial.
Dicho esto, las medidas que se contemplan en la sentencia de divorcio, a pesar de que son teóricamente definitivas, pueden ser modificadas siempre y cuando se alteren sustancialmente las circunstancias económicas o personales existentes en el momento en el que fueron adoptadas.
Es decir, en el momento del divorcio se tuvieron en cuenta una serie de factores personales y económicos que llevaron a los cónyuges o al Juez a adoptar unas medidas determinadas contenidas en la sentencia. Sin embargo, es posible que, con el paso del tiempo, la situación económica o personal de uno de los dos se haya modificado sensiblemente, por lo que podríamos solicitar una modificación de la sentencia de divorcio.
La modificación de las medidas adoptadas en esta sentencia puede ser de mutuo acuerdo o bien contenciosa. Si fuera de mutuo acuerdo, los cónyuges únicamente deberían aportar un nuevo convenio, para que sea aprobado por el Juez.
Sin embargo, si no existe acuerdo entre las partes, se deberá presentar una demanda en la que se aportarán todas las pruebas que acrediten el cambio de circunstancias. Entonces el otro cónyuge podrá indicar los motivos por los que no está de acuerdo.
Posteriormente, se convocará a las partes a una vista, se practicará la prueba, y se dictará una resolución por parte del Juez que indicará si procede o no la modificación de medidas solicitada por la parte.
Hay que destacar que para que prospere la demanda de modificación de medidas, la Jurisprudencia exige que se den varios requisitos.
- Que se trate de hechos nuevos surgidos con posterioridad a la Sentencia de Divorcio.
- Que se produzca una alteración sustancial de las circunstancias.
- Que dicha alteración tenga cierto grado de permanencia en el tiempo, es decir que no sea una situación transitoria o coyuntural.
- Que las nuevas circunstancias se puedan probar.
A modo de ejemplo, y teniendo en cuenta la delicada situación económica actual, se están presentando muchas demandas de modificación de medidas, en el sentido de solicitar una rebaja en la pensión de alimentos que uno de los cónyuges estaba obligado a pagar ya que se ha quedado en situación de desempleo, y no puede afrontar el pago de la pensión que se había fijado en la Sentencia de Divorcio.
398 Comments on “La modificación de medidas de la Sentencia de divorcio”
Dudas sobre modificación de convenio regulador
Buenos días,
Tengo 2 hijos. El mayor tiene 26 años y finalizó hace unos 3-4 años sus estudios (grado superior) y en la actualidad se encuentra trabajando con un contrato de seis meses de 10 horas semanales , le pago una pensión alimenticia de 345 euros. Mi hija, va a cumplir 20 años y continua con los estudios , con una pensión alimenticia de 345 euros.
Asimismo en el convenio regulador se recoge el pago integro de la hipoteca de la vivienda que disfrutan mis hijos con mi ex -esposa, por un importe de 386 euros/mes.
La sentencia de divorcio es del año 2006, y de mutuo acuerdo, quisiera modificar dicho acuerdo , recogiendo las circunstancias actuales, disminuyendo el importe de las pensiones alimenticias así como el abono integro de la hipoteca, ¿ tiene viabilidad de prosperar dicha solicitud, si no hubiera mutuo acuerdo? ¿ cómo se recogería en el convenio regulador el disfrute de la vivienda una vez que mis hijos no residan allí o sólo uno de ellos?
JUICIO VERBAL POR DIVORCIO
TENGO UN JUICIO VERBAL DE DIVORCIO EN UN JUZGADO DE FAMILIA EL PROXIMO DÍA 13.
EL ABOGADO DE MI MUJER QUE ES DE OFICIO REDACTO UN CONVENIO QUE ME LLEGO JUNTO CON LA NOTIFICACION Y FECHA DEL JUICIO.
HE PROPUESTO FIRMAR AL ABOGADO ESE MISMO CONVENIO QUE VA A PRESENTAR ANTE EL JUEZ DE FORMA AMISTOSA Y EL A DECIDIDO LLEGAR A JUICIO.
SINCERAMENTE NO LO ENTIENDO.
PORQUE YO VOY A FIRMAR ESE CONVENIO SIN HACER ALEGACIONES. DE HECHO ME PRESENTARE SIN ABOGADO NI PROCURADOR PORQUE NO TENGO INTENCION DE ALEGAR NADA Y FIRMAR LO IMPUESTO EN EL CONVENIO QUE REDACTO SU ABOGADO.
CUANDO YO LE COMENTE AL JUEZ QUE NO HE VENIDO A DEFENDERME NI A ALEGAR NADA SOBRE EL CONVENIO…QUE VA A PENSAR?
SINCERAMENTE NO LO ENTIENDO. ME PODIAN ACLARAR ESTA SITUACION…GRACIAS
Modificación convenio regulador en sentencia de divorcio
Buenas tardes, estoy divorciado desde el año 2004, tengo dos hijos en edad de estudios de 20 y 18 años, en el momento del divorcio se acordó de mutuo acuerdo el pago de una pensión alimenticia de 650 euros para los dos hijos, en ese momento ganaba 1790 euros mensuales como funcionario, la vivienda que había en común, se acordó que pasaba en propiedad a la madre y ella pagaba la hipoteca correspondiente, ya que yo viviría en una vivienda cedida por el estado si gasto para mi. Actualmente me han jubilado por enfermedad, y ha pasado a cobrar 1500 euros (300 euros menos de lo que cobraba en el año 2004) a su vez ha perdido el derecho a la vivienda cedida por el estado, por lo que me he tenido que buscar un alquiler,. Cree usted que concurren los hechos para solicitar un cambio de medidas de convenio de divorcio???. Muchas gracias.