La atribución de la vivienda en los procesos de divorcio

Ignasi VivésDerecho de familia61 Comments

dos manos, una de hombre y otra de mujer, tiran cada uno de un extremo de una casa pequeña con tejado negro

Durante los procesos de separación o divorcio se deben regular diversos aspectos, entre ellos la atribución de la guarda y custodia si existieran menores de edad, el régimen de visitas, la pensión de alimentos y la atribución del uso de la vivienda.

Una de las primeras decisiones que deben adoptar los cónyuges en el momento de la separación o el divorcio es a quién se le atribuye el uso de la vivienda, independientemente de quien sea el propietario, ya que nos podemos encontrar con el supuesto de que la vivienda sea propiedad de ambos cónyuges o bien de uno solo de ellos.

Resulta evidente que en un primer momento primará la voluntad de las partes que libremente podrán decidir a quién de los dos se le otorga el uso de la vivienda. Si las partes están de acuerdo con la atribución del uso, se recogerá en el convenio regulador de divorcio y será sometido a la aprobación judicial.

Sin embargo para el supuesto de que no existiera acuerdo entre los progenitores, será la Autoridad Judicial la que decidirá. El principal parámetro que valorará el Juez para atribuir el uso de la vivienda será a quién atribuye la guarda y custodia de los menores de edad.

El Art. 96 del Código Civil establece que el uso de la vivienda familiar y los objetos de uso ordinario en ella corresponden a los hijos y al cónyuge que cuya compañía queden.

Esto es, para el supuesto de falta de acuerdo entre los progenitores, se atribuirá el uso de la vivienda al progenitor que tenga la guarda y custodia de los hijos.

Otro supuesto distinto es aquel en que no existen hijos en común, o bien ya son mayores de edad o se ha atribuido una guarda y custodia compartida. Para estos supuestos, el legislador prevé expresamente que se atribuirá el uso de la vivienda al cónyuge cuya situación económica sea la más necesitada.

Una vez atribuida la vivienda, debemos dejar claro que el derecho de uso no es ni mucho menos un derecho de carácter vitalicio, por lo que normalmente se atribuye durante un periodo determinado o bien se extingue cuando los hijos sean mayores de edad e independientes económicamente. Asimismo, a pesar de que se atribuya el uso, en ningún caso se pierde la titularidad del mismo. Por lo tanto, el propietario de la vivienda siempre lo seguirá siendo a pesar de que se otorgue un derecho de uso a favor del cónyuge.

Por otro lado, no debemos confundir el derecho de uso con el derecho de usufructo de una vivienda. En el ámbito de un proceso de divorcio, únicamente hablamos de derecho de uso, por lo que el beneficiario de este derecho únicamente podrá usar la vivienda, y en ningún caso podrá arrendarla y vivir en otro sitio, ya que si no estaríamos hablando de un usufructo.

Otro hecho controvertido  radica en determinar cómo se distribuyen los gastos que genera la vivienda.

  1. Para el supuesto de que existiera una hipoteca que grave la misma, el pago se distribuirá de conformidad con el título de constitución. Por lo tanto, si ambos cónyuges tienen una hipoteca y son cotitulares de la misma, deberán seguir abonando el 50% de la misma cada, con independencia de quien tenga otorgado el derecho de uso. La entidad bancaria crediticia, es ajena a la separación matrimonial, por lo que puede reclamar el pago a cualquier de los dos titulares, sin poder alegar el impago porque no se tiene el derecho de uso de la vivienda.
  2. En relación a los gastos ordinarios de la vivienda, tales como los suministros de agua, luz y gas, los deberá abonar el cónyuge que tenga el uso de la vivienda. Sin embargo, en relación a otros gastos, tales como el IBI o la contribución a los gastos de la comunidad de propietarios, existen diversas posturas doctrinales, si bien es cierto que reiterada Jurisprudencia apuesta por considerar que los gastos que se deriven estrictamente del concepto de propiedad (IBI, Seguros, derramas, etc) deben ser abonados por ambos propietarios por mitad.
  3. En este sentido, el Codigo Civil de Cataluña a través de su Art. 233-23 ha aposta claramente por cerrar cualquier discusión acerca del pago de los gastos y ha establecido de forma clara que los gastos de conservación, mantenimiento y reparación de la vivienda, incluidos los gastos de comunidad, suministros, tributos y tasas son a cargar del beneficiario del derecho de uso

Por último, es aconsejable inscribir el derecho de uso en el Registro de la Propiedad a efectos de garantizar la seguridad jurídica del propio beneficiario y de los terceros interesados en el bien inmueble.

Asimismo, el Art. 96 del Código Civil considera que para el supuesto de que el cónyuge propietario de la vivienda que no tenga el derecho de uso otorgado, y quiera venderla o enajenarla, necesitará el consentimiento del otro. En caso de desacuerdo será la autoridad judicial la que decidirá si procede o no la venta, extiendo así el derecho de uso del otro cónyuge. 

61 Comments on “La atribución de la vivienda en los procesos de divorcio”

  1. vivienda
    si una pareja se separa, la vivienda esta pagada y uno de los conyugues quiere la mitad del dinero del coste de dicha vivienda, en la vivienda vive un hijo de 26 años independiente trabaja y se paga su universidad, uno de los conyugues necesita ese dinero para empezar una nueva vida y la mitad de la casa es suya,tendria que darle el dinero despues de tasar el piso o vender la casa su pareja, todabia no hay separacion..

    1. Foto Ignasi Vivés

      vivienda
      En estos casos lo más recomendable es llegar a un acuerdo entre ambos copropietarios. Si no fuera posible, siempre existe la posibilidad de iniciar un procedimiento judicial de división judicial del bien en común, por lo que en el procedimiento judicial se fijará un precio y el bien podría salir a subasta si uno de los dos no se lo adjudica.

  2. usufructo en divorcio
    Tengo una vivienda en propiedad y separación de bienes mi esposa hasta ahora ya que estamos en proceso de divorcio tiene otra vivienda y la mia es el domicilio familiar hasta la fecha, puedo yo vender el usufructo de mi vivienda para que en el caso de que el Juez le diese la vivienda mía a ella como domicilio conyugal pueda ejercitar yo el usufructo y recuperarla?

    1. Foto Ignasi Vivés

      usufructo en divorcio
      Entiendo que estando en un proceso de separación/divorcio no le aconsejo en absoluto vender el usufructo, ya que se podría estar incurriendo en posible ilícito.

  3. Casa sin pagar, en ganancial.
    Por decisión judicial la vivienda que compramos en gananciales se la ha quedado , mi ex mujer con mi hijo menor, dado que no me han concedido la custodia compartida.
    La hipoteca solo la puedo pagar yo dado que ella nunca trabajo, y de momento la estamos pagando a medias. Nos han ofrecido comprarla y dejarnos la hipoteca zanjada pero ella se niega. Yo pago otro apartamento y la mitad de la casa común y apenas llego con mi pensión. Estoy pensando en dejar de pagar la hipoteca y que nos embarguen. Qué opina?. T

    1. Foto Ignasi Vivés

      Casa sin pagar, en ganancial.
      Le debo indicar que no lo aconsejo dejar de pagar la hipoteca, ya que los perjuicios en caso de ejecución de la misma, serían graves. Por ello, se podría estudiar la posibilidad de solicitar la división judicial de la cosa común. Quedo a su disposición info@sanahuja-miranda.com

  4. Uso y usufructo de la vivienda
    Hola, antes de nada reciba uncordial saludo por la ayuda que nos prestan.
    Necesitaria saber como es el Uso y el Usufructo de la vivienda de la persona que tiene la guardia y custodia de los menores, ( Aun que estos ya tiene edades de poder decidir , esta es la duda también de 17 y 15 años de edad).
    Y el conflicto esta en que la nueva pareja pueda estar con el padre / madre algún día en la vivienda pero sin convivencia, y si dicho Usufructo lo permitiría entendiendo que sería por la parte que le corresponda de su 50% . ( Motivo: El/ La Ex se opone a ello.
    Gracias, un saludo

    1. Foto Ignasi Vivés

      Uso y usufructo de la vivienda
      Buenos días,
      En primer lugar agradecerle la confianza depositada en nuestro despacho y efectuar la consulta a través de nuestra página web.
      Dicho lo anterior, le debo indicar que no acabo de entender correctamente la cuestión que nos plantea, por lo que considero necesario concertar una visita en el despacho para que nos pueda comentar el asunto con más profundidad y así poder prestarle el mejor asesoramiento posible.
      Quedo pendiente de sus noticias para que me indique cuando le va bien concertar visita.

      1. Liquidar bien comun y consecuencias por impago de hipoteca
        Buenos dias
        Mi ex pareja lleva casada después de nuestra separación de hecho como años.
        Se que hay jurisprudencia sobre ello, pero ¿ quien me puede garatizar que puedo pedir la liquidación del bien común y salga a favor si mis hijos tienen edades de 8 y 14 años?
        Por ello no abono la hipoteca, ¿ que consecuencias exactamente hay sobre ello?
        Muchas gracias.
        Disculpa por mi anterior exposición, no me explique correctamente,
        Gracias.

  5. Consejo
    Hola soy mujer de 36 años mi marido de 76 me estoy divorciado .tenemos hipoteca en común podrían decirme cuáles son mis derechos puesto que sus abogados dicen que tengo que marcharme de casa los dos tenemos el mismo sueldo el pensión y yo mi sueldo en realidad me veré yo en la calle dicen que por ser mayor se queda el con la vivienda es posible gracias

  6. PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE PATRIMONIO MATRIMONIAL
    Buenas tardes,

    Quería hacer una consulta muy concreta, resulta que en la sentencia de separación y divorcio, entre las medidas que se impusieron fueron que la vivienda propiedad del marido, vivieran su ex exposa y el hijo que tienen en común HASTA QUE en el mes de Agosto de 2016 se implementara la custodia compartida, fecha límite para que le sea devuelta la vivienda al ex marido, sin perjuicio de lo que le corresponda en la liquidación.
    Lo que ocurre es que todavía no ha iniciado el procedimiento de liquidación y al parecer a la ex exposa le han dado un piso y se va a mudar dejando libre el piso propiedad de su exmarido. ¿Qué puede hacer el hombre para que le sea dada ya su vivienda?

    Gracias.

    Un saludo

  7. Situación vivienda de otros propietarios en caso separación.
    En caso de separacion, zona Andalucía, hay 2 menores, hay un acuerdo, quedan con custodia compartida, la vivienda de la mujer con los niños es donde han vivido siempre. Mi pregunta esta relacionada con la vivienda, pues resulta que la mujer no tiene titularidad, pero el marido tiene un 33% de titularidad junto a dos hermanos más, ¿se podría vender la vivienda y con el 33% de la venta, que la mujer busque otra vivienda?

  8. Soy propietaria de nuda
    Soy propietaria de nuda propiedad y mi ex usufructuario metálico. Tenemos un hijo menor. Mi ex pide la custodia compartida sólo por la vivienda. Dejó de pagar la hipoteca yo pagaba sola y al final deje por no tener recursos. Estoy cobrando auyda familiar y tengo una hija mayor de edad a mi cargo. Mi pregu ta es si me pueden echar de la casa por tener el usufructo. Gracias

  9. usufructo
    buenos días,
    tengo el usufructo de una casa de la cual soy propietaria en un 50%, mi hijo tiene 18 años, me gustaría hacer algunos cambios y sobre todo quitar de las paredes los trofeos de caza de mi ex, es faena para él porque no tiene dónde guardarlos ya que tengo la casa lñlena, pero yo no quiero tener eso colgado de las paredes…¿puedo cambiar la habitación de mi hijo y devolverle todos los animales su permiso?
    El quiere que vendamos la casa ….me debe 3 meses de pensión e hipoteca…que privilegios tendría para adquirir yo su mitad y tendría compensación por renunciar al usufructo?

    muchas gracias

  10. vivienda familiar
    Buenas
    Soy el propietario de la vivienda en privativo durante dos años antes del matrimonio en régimen de gananciales
    Tras la sentencia de divorcio el juez no recoge nada sobre la vivienda pero si da la custodia compartida
    Mi expareja se niega a compartir la vivienda ,a vender o a abandonarla,además se niega a pagar su parte de hipoteca
    ¿Que puedo hacer?¿ponerla en venta,ya q solo aparezco yo en las escrituras?

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