La situación inmobiliaria actual nos lleva a atender especialmente las situaciones de falta de entrega de los inmuebles en construcción, por los que se han abonado cantidades a cuenta del precio.
Debemos destacar de la regulación de la Ley 57/1968, de 27de Julio, de Anticipos entregados a cuenta para la construcción.
- Producción del siniestro. Falta de entrega del inmueble por parte del Promotor en el plazo establecido en el contrato. Falta de Licencia de Primera Ocupación
- Cláusulas abusivas establecidas en el Aval-Seguro de Afianzamiento de las Cantidades Anticipadas (determinado plazo de ejecución/vigencia, obligaciones al Asegurado abusivas, etc)
- Derechos irrenunciables del Asegurado en la Ley 57/1968
- Motivos de resolución de Contratos de compra venta por falta del aval de afianzamiento de cantidades anticipadas. Reclamación al Promotor de las cantidades anticipadas más interés legal
- Reclamación amistosa y judicial frente a la Entidad Aseguradora – Bancaria avalista de las cantidades abonadas a cuenta de la adquisición del inmueble en construcción
Asimismo y dada la situación concursal de gran parte de las Promotoras – Constructoras, nuestros servicios se adaptan a la realidad jurídica, debiéndose reseñar:
- Personación en el concurso como Acreedores. Presentación de incidentes concursales para resolución del contrato de compraventa cuando procede. Defensa de la calificación y valoración del crédito del cliente
- Reclamación de las cantidades anticipadas a la Promotora en concurso, frente a la Compañía Aseguradora – Entidad Bancaria que garantizase los pagos efectuados a cuenta del inmueble en construcción
- Reclamación amistosa y presentación de demanda frente a la Compañía Aseguradora – Entidad Bancaria que aseguraba las cantidades afianzadas
- Oposición frente a las tenedoras de las letras de cambio que instrumentalizan el pago de la vivienda en construcción no realizada en las condiciones del Contrato y que se reclaman frente al adquirente aún y cuando la Promotora no ha entregado el inmueble. Defensa y oposición judicial ante