¿Se podría considerar legítima defensa? SM lo explica en 20 Minutos.
Mónica Fernández, abogada especializada en derecho penal de nuestro despacho, explica a 20minutos lo que podría ocurrir con J.L.M. y hasta que punto las circunstancias de este incidente, donde por el momento se desconoce si el asaltante iba armado o no, podrían justificarse como legítima defensa.
Para considerar que un acto se ha obrado en legítima defensa hay que acudir al artículo 20.4 del Código Penal. En este artículo de 20 Minutos se describen los requisitos que han de darse para que una persona esté exenta de responsabilidad criminal, o para actuar también como atenuante cuando no concurren todas las circunstancias.
«La defensa ha de ser racional y proporcional a la agresión recibida. La necesidad racional hace referencia a que no exista otra posibilidad menos dañosa para impedir la agresión y, en segundo lugar, a la adecuación del medio, en el sentido de medio adecuado para impedir la agresión dentro de los límites de la necesidad», indica Fernández.