El miedo al contagio está precipitando las bajas entre un sector al que no se le puede aplicar un expediente de regulación temporal (ERTE) y que en consecuencia, implica la baja en la Seguridad Social.
Si la extinción del contrato con la empleada de hogar es decisión del empleador generará derecho a indemnización de doce días naturales de salario por año de servicio, con el límite de seis mensualidades», subraya Lucía Gómez Barba, abogada de Sanahuja Miranda. Además, a la precariedad que van a sufrir muchas empleadas dadas de alta se suma la de «la multitud de que no están dadas de alta, y que por lo tanto no puede acceder a ninguna ayuda ya que forman parte de la economía sumergida», apostilla Gómez Barba.