¿Cómo cobrar el seguro de vida en caso de fallecimiento por coronavirus?

inmodiario
23 noviembre, 2020
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Ante los casos de decesos de algún familiar debido al contagio por COVID-19, gran parte de los afectados acude a las aseguradoras para notificar el fallecimiento y reclamar la indemnización que corresponde.  «Pero no siempre es una labor sencilla de ejecutar”, señala Fernando Sanahuja, socio director del despacho Sanahuja Miranda Abogados en Inmodiario.

Es importante, por eso, apoyarse en profesionales del sector para poder tramitar adecuadamente el cobro de la indemnización del seguro de vida que la persona difunta había contratado.

Pasos para el cobro del seguro de vida

Lo primero es comprobar que el seguro de vida que el fallecido tenía contratado incluía el riesgo de pandemia. Dado que los seguros de vida cubren el fallecimiento por cualquier causa, generalmente la mayoría de las entidades incluye este apartado en su cobertura, pero pueden existir aseguradoras que “excluyen este tipo de riesgo, por lo que habrá que revisar el contrato para confirmarlo”, advierte Fernando Sanahuja.

Para poder cobrar el seguro de vida de la persona difunta, recomendamos que, en cuanto sea posible y a la mayor brevedad, se notifique el fallecimiento a la entidad aseguradora por escrito. A partir de ese momento, se deberán facilitar a la aseguradora algunos documentos para poder tramitar el cobro del seguro, como el certificado de defunción, la copia del último testamento y la identificación de los beneficiarios, entre otros.

“Las aseguradoras podrán solicitar la documentación que necesiten para valorar si procede el pago de la indemnización. En general, después de haber entregado todo que se requiere, la entidad suele dar un adelanto para el pago del entierro, entre otros gastos. Posteriormente tendrá tres meses desde que se notificó la defunción para entregar la cantidad de indemnización que corresponde, según el tipo de póliza del asegurado”, explica Fernando Sanahuja.

Además, las entidades ofrecen tres formas de pago, que suelen ser el pago único, la renta temporal, con la que se paga el importe en variosaños, y la renta vitalicia, en base a la que se divide la indemnización en cuotas mensuales dependiendo de la esperanza de vida del beneficiario.

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