¿En alguna ocasión has dejado de comprar algún producto o algún servicio por miedo a si una vez adquirido ya no lo podías devolver o hacerlo supondría un calvario? Es importante que los consumidores conozcan sus derechos a fin de no encontrarse en situaciones como las descritas anteriormente. En este post hablaremos del derecho de desestimiento, es decir, de la posibilidad que tiene el consumidor de retornar un bien o un servicio sin explicaciones y sin coste.
Este derecho es aplicable tanto para bienes como para servicios, es decir, opera tanto si adquieres una prenda de ropa, un electrodoméstico, una joya,… o un servicio como sería la contratación de una línea de teléfono, ADSL, un contrato de seguro, un curso,…
La regulación de este derecho se encuentra en el artículo 68 y ss. del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en adelante TRLGDCU.
El derecho al desistimiento se define como:
“El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase”.
De dicha definición es imprescindible matizar dos conceptos.
¿Cuál es el plazo para ejercer este derecho?
De conformidad con el Art. 71 TRLGDCU el consumidor dispone de 14 días naturales para ejercitar su derecho al desistimiento siempre que el empresario haya cumplido con sus obligaciones de información y documentación.
Este plazo se computa desde el día siguiente a la recepción del bien o la prestación del servicio.
Una vez ejercitado el derecho de desistimiento, la devolución del dinero abonado por el cliente por el bien o servicio debe ser retornado en un plazo de 14 días naturales desde que el empresario tiene conocimiento del ejercicio del derecho por parte del consumidor, si se incumple dicho plazo el usuario tendrá el derecho, de conformidad con el Art. 76, a reclamar por duplicado las cantidades sin perjuicio de la posible indemnización por daños y perjuicios que se le hayan causado.
Sin justificar el motivo de la devolución y sin penalización
Como indica el artículo 68 del TRLGDCU el ejercicio de este derecho es gratuito en términos generales, sin embargo, existen dos excepciones en las que el consumidor deberá asumir ciertos costes:
- Cuando se hubiera seleccionado expresamente una modalidad de envío más costosa que la ordinaria, el consumidor no podrá reclamar la devolución de dichos portes.
- Los costes de la devolución deberán ser asumidos por el consumidor siempre y cuando el empresario haya informado de los mismos en la información precontractual.
Como sucede con muchos otros derechos, existen ciertos límites al ejercicio del derecho de desistimiento, como son:
- Si el objeto se ha personalizado
- Si esta precintado por motivos de salud o de higiene
- Contenido en soporte digital (iTunes,…)
- Que se haya realizado el servicio
Por tanto, no dejes de comprar aquello que quieras por miedo a que sí te lo repiensas no puedas devolverlo, y si un empresario quiere limitar tus derechos contacta con nosotros, SANAHUJA MIRANDA ABOGADOS, defenderemos tu derecho al desistimiento.