Las Entidades Bancarias están denegando de forma sistemática las reclamaciones realizadas al amparo del llamado Decreto de reclamación amistosa de las cláusulas suelo.
Si Ud. se encuentra que le han denegado su reclamación por escrito, que le han efectuado una oferta inferior a la devolución total más intereses o bien no le han ofertado importe alguno dentro del plazo de los tres meses desde que inició la reclamación tiene derecho a reclamar judicialmente.
El procedimiento es relativamente sencillo, debe aportar toda la documentación para la presentación de la demanda judicial y transcurridos unos 12-16 meses (en función del Juzgado y partido judicial) se acabará dictando Sentencia judicial que en la inmensa mayoría de los casos estimará la demanda.
Quedamos a su disposición para el estudio y valoración de su caso.