La mayoría de las pólizas excluyen las pandemias, pero incluso en este caso existen opciones para reclamar que te abonen el seguro contratado. Urtzi González, de SM, explica los diversos escenarios en Consumer.es
El 50 % de los españoles cuenta con un seguro de vida, según datos de la Asociación Empresarial del Seguro (UNESPA). Pero estos productos no solo se ofrecen en pólizas específicas, sino que hay seguros de vida vinculados a hipotecas, préstamos o tarjetas de crédito. ¿Cómo responden todos ellos en caso de un fallecimiento por coronavirus?
Pandemias, conflictos bélicos y situaciones de similar índole pueden estar excluidas de los seguros de vida. En el caso del coronavirus, la mayoría de los seguros de vida deberían cubrir el fallecimiento, pues la covid-19 “no anula per se” el beneficio que brinda un seguro de vida a los familiares del fallecido, según explica Urtzi González, abogado del despacho Sanahuja Miranda.
Sin embargo, hay ocasiones en las que pueden denegar el cobro del seguro:
- Si tu póliza excluye la pandemia. Casi todas las pólizas excluyen las pandemias, las crisis militares, etc. No obstante, conviene saber que la mayoría de las aseguradoras han decidido no aplicar la exclusión de pandemia y cubren los casos de fallecimiento a causa de la covid-19.
- La existencia de enfermedades preexistentes a la contratación del seguro que eran un factor de riesgo para el fallecimiento por covid-19. Esto “podría ser una causa para que la aseguradora anule la cobertura”, aclara el abogado. En concreto, hay enfermedades como hipertensión o diabetes que multiplican el riesgo de fallecimiento en caso de coronavirus, y puede que el seguro esgrima su existencia para no pagar.
- Si existen límites temporales: si hay un periodo de carencia en el que el seguro no está activado.
- Si alegan fuerza mayor. Habría que mirar caso por caso según lo que se exponga en la póliza, indica González.