Cómo presentar una reclamación administrativa ante el impago de un ERTE. Sanahuja Miranda en IDEALISTA.
Lucía Gómez Barba, abogada experta en derecho laboral de Sanahuja Miranda, explica que “se debe distinguir la casuística de cada persona. En primer lugar, si se trata de una resolución del SEPE en la que deniegan la prestación al trabajador, o bien no estamos de acuerdo con la cuantía aprobada, debemos presentar una reclamación previa ante el propio SEPE dentro de los 30 días hábiles siguientes a la resolución”.
Esta reclamación se puede presentar vía telemática o por correo certificado (en circunstancias normales también de manera presencial en las oficinas del SEPE). Si en un plazo de 45 días hábiles desde la presentación de nuestra reclamación previa el SEPE no contesta nuestra solicitud, podemos presentar demanda ante los Juzgados de lo Social en un plazo de 30 días hábiles. El mismo plazo de 30 días es aplicable en caso de que obtengamos una resolución expresa desfavorable.
“Un caso distinto es que tengamos reconocida la prestación, pero no nos llega el dinero a nuestra cuenta. En ese caso podremos presentar una reclamación patrimonial ante el SEPE, por la misma vía mencionada anteriormente. Podemos hacerlo desde el día siguiente desde que tenemos derecho a cobrar la prestación, esto es, si la prestación del mes de abril se cobra hasta el día 10 de mayo, podemos presentar reclamación a partir del día 11 de mayo”, especifica la letrada.
La administración cuenta con un plazo de 6 meses para resolver, en caso de no hacerlo se entenderá desestimada por silencio administrativo, y a partir de este momento podremos presentar demanda judicial. En caso de obtener resolución expresa desfavorable, el plazo para presentar demanda es de 2 meses desde la notificación de la resolución.