El bufete Sanahuja Miranda recuerda que el Tribunal Supremo ha reiterado su jurisprudencia indicando que los tipos de interés aplicados por entidades bancarias pueden ser “usurarios”, lo que “conlleva la nulidad del contrato y la devolución de las cantidades abonadas en exceso por el cliente”, y afirma que “Wizink Bank está llevando a cabo una estrategia para confundir a sus clientes y evitar así tener que devolver el dinero que ha cobrado de más”.
Estel Romero, letrada de Sanahuja Miranda, especializada en derecho bancario y tarjetas revolving, ha señalado a Confilegal que “Wizink Bank baja de forma unilateral el tipo de interés al 21% TAE evitando así devolver el dinero”.
“Para evitar que se presenten reclamaciones que puedan suponer la declaración de usura y en consecuencia la nulidad del contrato”, añade.
Y dice que el cambio de condiciones se está haciendo “sin tener en cuenta la fecha de contratación del crédito concreto”.