Las molestias causadas por vecinos son habitualmente un problema para la comunidad y, en muchas ocasiones se desconoce la forma de actuar frente a este inconveniente. “Las normativas referentes a estas cuestiones en España difieren según la comunidad autónoma y/o ayuntamiento, aunque en general el horario establecido para descanso es de 22:00 a 08:00”, explica Ignasi Vives, abogado del despacho Sanahuja Miranda a Diario Jurídico. De haber denuncia, la policía local actuará de acuerdo con su regulación.
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