¿Cómo reclamar deudas acumuladas por tarjetas revolving en un herencia?

diario-juridico
4 noviembre, 2022
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¿Cómo reclamar deudas acumuladas por tarjetas revolving en un herencia?

Sanahuja Miranda en Diario Jurídico: ¿Cómo reclamar deudas acumuladas por tarjetas revolving en un herencia?

La aceptación de una herencia de forma pura y simple, y su consiguiente subrogación de la posición del fallecido, supone que el heredero pasa a tener todos los derechos y obligaciones del finado. De esta forma, explica Estel Romero, abogada del despacho Sanahuja Miranda, si dentro del caudal relicto se encuentra una tarjeta de pago aplazado con una deuda pendiente con el banco, esta pasará a ser del heredero en cuestión.

Tan pronto sea conocedor de la sucesión, el banco empezará a girar los recibos al nuevo titular y, en el caso de que la deuda no sea saldada, dicha tarjeta no dejará de producir intereses y comisiones, engrosando aún más la deuda”, detalla Romero, y recuerda, “del mismo modo que el heredero pasa a ser titular de la tarjeta, también lo será de los derechos de reclamación”.

¿Cómo reclamar la deuda pendiente por la tarjeta revolving heredada?

En primera instancia, la experta recomienda conseguir el máximo posible de documentación para preparar, de la mano de un abogado experto en la materia, la futura reclamación. De este modo, un buen inicio sería realizar un acto de buena fe, informando a la entidad sobre el fallecimiento y solicitando el contrato suscrito por el fallecido, incluyendo los datos sobre la deuda pendiente y sus condiciones.

A partir de aquí”, continúa, “existen dos vías principales de reclamación en casos de contratos revolving”. Por un lado, encontramos la abusividad en términos de transparencia, o, en otras palabras, que en el contrato no se haya informado correctamente -o que directamente se haya omitido información- sobre los pagos e intereses a apercibir.

Por último, una vez reunida toda la información y teniendo claras las cuestiones sujetas a queja, el heredero deberá ejercitar el llamado derecho adquirido de reclamación.

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